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Jonathan
Hoy te quiero hablar de la legislación de este mundillo y de la propaganda que encontramos en redes sociales y demás.
Lo siento, pero hoy suelto un rollo sin fotitos chulas, pero es que creo que es muy importante que se sepan algunas cosas. Te invito a leerlo y reflexionar sobre ello. ¿Tal vez en tu sector de trabajo pasa algo parecido?
¿De qué hablamos cuando decimos turismo activo?
Voy a intentar resumir todo lo posible para no aburrir. Lo primero es algo que parece obvio, pero quizá no lo es tanto: el turismo activo es turismo, no deporte, como demuestra que nuestra reglamentación pertenece a la Conselleria de innovación, industria, comercio y turismo, y no a la de deporte.
Por otro lado, una federación deportiva es una entidad privada sin ánimo de lucro que recibe fondos públicos. Las actividades de aventura son actividades bastante «nuevas», e históricamente han sido las federaciones las que se han encargado de la formación de los guías profesionales, en forma de «técnicos deportivos», más conocidos como TD, siendo ésta la única titulación existente hasta hace unos años específica para estas actividades. Estas formaciones hoy en día en algunas regiones se imparten desde empresas privadas vinculadas a las federaciones, (no desde la propia federación, ya que hay que recordar lo de «sin ánimo de lucro»). Con esto, ya estás viendo que no es posible que estas titulaciones sean las únicas válidas hoy en día…
Volvamos al turismo activo. Como la mayoría de leyes, las competencias de turismo están transferidas a las Comunidades Autónomas, por lo que tenemos enfoques muy diferentes según la Comunidad. Por cierto, una empresa se rige por las leyes del territorio donde tiene su sede, no de donde opera, siempre que no sea habitualmente. Concretamente, en la Comunidad Valenciana hablamos del Decreto 4/2024 del 4 de enero, o sea que cambió hace poco más de un año.
¿Qué necesita saber todo el mundo antes de contratar una empresa de turismo activo?
Lo principal que se exige a toda empresa que ofrezca turismo activo en la Comunidad Valenciana es estar inscrita en el registro de empresas de turismo activo, con lo que se concede un código: TA + un número + la provincia. Por ejemplo, nosotros somos TA-63-V. Este código es obligatorio mostrarlo, por lo que si una empresa no lo muestra claramente… ya sabes lo que significa. De todas formas, el listado de empresas registradas es público, por lo que googleando se encuentra fácilmente. ¿Todos los guías y empresas que conoces lo tienen? Te aseguro que no. Esta inscripción es gratuita, por lo que si no lo han hecho… claramente es porque no cumplen los requisitos exigidos.
Por cierto, cuando hablamos de empresa, se incluye a las personas que trabajan como tal, es decir, que organizan actividades de turismo activo y/o ecoturismo. También a las que lo hacen puntualmente, aunque se dediquen a otra cosa. Solo quedan exentos de esto los colegios que organicen excursiones solo para sus alumnos y los clubes que organicen actividades gratuitas y solo para sus socios.
Dicho registro garantiza un mínimo, que es que la empresa dispone de un titular, una sede y un seguro de accidentes y responsabilidad civil. También que su propietario ha firmado una declaración jurada donde se compromete a cumplir un montón de cosas. ¿Tener el registro garantiza que cumplen con todo? No. Pero no tenerlo, sí que garantiza que no lo cumplen, porque si no… ¿por qué no iban a sacárselo?
¿Qué obligaciones tienen los guías y empresas de turismo activo?
Esto creo que sorprenderá a mucha gente, pero la legislación valenciana deja mucha libertad al empresario a la hora de establecer las exigencias. Por ejemplo, en Guara (Aragón) se establece un ratio máximo de 8 clientes por cada guía en barrancos con rápeles. En la Comunidad Valenciana, el empresario debe elaborar y entregar una ficha donde establece los criterios que va a seguir. Por ejemplo, podría poner un ratio de 20:1. ¿Por qué iba a hacerlo? Porque si pone 8:1 significa que si hay un accidente y eran 9 con un único guía titulado… se la puede cargar. ¿Entonces, está bien que pongan 20:1? Obviamente, no. El día que se juzgue el accidente, el juez (con sus asesores expertos) podría reclamar responsabilidades incluso penales al empresario.
Lo mismo pasa con las titulaciones. Ahora mismo existen diversas, específicas, como las de técnico deportivo y los certificados de profesionalidad, y generalistas, como el técnico en guía de actividades en el medio natural. Los certificados de profesionalidad han llegado de Europa para resolver el problema del que hablábamos al principio: un guía de turismo activo es un trabajador del sector del turismo, no un deportista. Además, estos se pueden obtener de la forma tradicional, pasando un curso con sus exámenes y demás, o mediante un proceso de acreditación de competencias, en el que demuestra por formación o por experiencia que tiene las competencias necesarias para desarrollar dicha profesión.
Por cierto, el mencionado decreto establece un periodo de regularización de 2 años para empresas ya existentes, por lo que realmente aún no se puede exigir nada en concreto a los profesionales en activo.
¿Y a qué venía aquello de la propaganda nazi?
Se le atribuye al nazi Joseph Goebbels la frase «una mentira repetida mil veces se convierte en una verdad». Entre los psicólogos, esto se conoce como el efecto de la «ilusión de verdad», y tiene una enorme eficacia en el mundo de la propaganda.
Tal vez te suenen frases del estilo «exige técnicos deportivos titulados» o incluso «un TD2 es la única titulación que puede ofrecer estas actividades/cursos». Eso, si no lo dice ninguna ley… es como si mi frutero dijera que hay que ser español para vender fruta. Lo que pasa es que si lo repiten mucho y la gente se lo cree… igual tienen menos competencia… ¡qué forma más fácil de levantar tu negocio!
¿Significa esto que TD2 es una mala titulación? No, es una formación buena, pero como en todas las profesiones, hay profesionales buenos y malos, y será la gente quien deberá decantarse por uno u otro.
¿Significa esto que no hace falta estar titulado para trabajar en turismo activo? En absoluto. Solo que hay diversas formaciones y la responsabilidad de exigir una u otra recae en el empresario.
«Pues a mí no me gusta que se deje tanta libertad porque no me fío del empresario». Pero entonces lo que no te gusta es la ejecución de la ley, no la ley en sí. Es como si dices que estás en contra del límite de 120 km/h en autopistas porque la gente no lo respeta.
«Pero para ser médico hay que estudiar medicina y para hacer casas hay que ser arquitecto». Es cierto, hay profesiones con una carga de responsabilidad tan grande que el Estado se encarga de «tutelar» quién puede ejercerlas y quién no. Tal vez algún día esto llegue al turismo activo. De momento, no es así.
Muchos sabréis que soy ingeniero industrial. ¿Creéis que Ford va a pretender que la gente no compre un Toyota porque su jefe de operaciones no es ingeniero industrial? Las titulaciones están ahí para ayudar al empresario a decidir a quién contratar, pero lo que hará que sea mejor un Ford o un Toyota será el desempeño de sus productos (o servicios). La «titulitis» viene genial para un concurso de méritos, pero en el sector privado son otras cosas las que pide el cliente.